Consumidor · 05/08/2026

Cómo hacer un reclamo de defensa del consumidor en Argentina

Te vendieron algo fallado, te cobraron de más o una empresa no te responde — así se hace el reclamo, gratis, y qué es esa instancia obligatoria (COPREC) de la que quizás te hablaron.

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¿Qué me protege como consumidor?

La Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) — te cubre en cualquier compra o contratación de un bien o servicio, sea en un local, por internet o por teléfono. Cubre desde un producto que llega roto hasta un cobro indebido, una garantía que no se respeta o un servicio que no cumple lo prometido.

¿Tengo que reclamarle primero a la empresa?

Conviene sí, aunque sea el primer paso obvio: contactá a la empresa por el canal que tenga (teléfono, mail, formulario, WhatsApp) y guardá una prueba de ese reclamo — un número de gestión, una captura, un mail. Sirve para dos cosas: a veces alcanza para resolverlo sin ir más allá, y si después tenés que denunciar, demuestra que ya intentaste solucionarlo por las buenas.

¿Dónde denuncio si la empresa no responde o no soluciona nada?

En la Ventanilla Federal Única de Defensa del Consumidor (es nacional, no importa en qué provincia estés). Entrás con tu identidad digital de Mi Argentina — el mismo usuario que usás para trámites de ANSES o RENAPER — y completás un formulario online.

¿Qué tengo que completar en el reclamo?

Tus datos de contacto (DNI, teléfono o mail), los datos del proveedor (nombre de la empresa, CUIT si lo tenés, rubro) y una descripción concreta: qué compraste o contrataste, cuándo, qué falló, y qué te respondió la empresa cuando la contactaste. Si tenés facturas, capturas de pantalla o fotos del producto, adjuntalas — ayudan a resolver más rápido.

¿Qué pasa después de enviar el reclamo?

Te llega por mail un número de expediente para hacer seguimiento. La empresa denunciada tiene 10 días hábiles para registrar un domicilio electrónico donde recibir notificaciones. Según el tipo de conflicto, el sistema puede derivarte directo a una instancia de conciliación (COPREC) o al organismo de tu jurisdicción.

¿Qué es el COPREC?

Es el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (Ley 26.993) — una mediación gratuita y obligatoria antes de poder ir a la Justicia, para reclamos de hasta 55 salarios mínimos, vitales y móviles. Un conciliador cita a las dos partes; la empresa está obligada a presentarse (si falta sin justificar, le corresponde una multa). El proceso dura hasta 30 días, prorrogables 15 días más si ambas partes lo piden.

Si no se soluciona en la conciliación, ¿qué sigue?

Podés avanzar a una demanda judicial. La conciliación previa (COPREC) es un paso obligatorio antes de eso para los reclamos que entran en su monto — no reemplaza a la Justicia, la antecede.

¿Cuánto cuesta hacer la denuncia?

Nada. Todo el circuito — la Ventanilla Única, el reclamo, la conciliación en COPREC — es gratuito para el consumidor.

¿Y si compré por internet y me arrepentí, sin que haya nada fallado?

Ese es otro derecho distinto, también de la Ley 24.240 (Art. 34): en cualquier compra a distancia (internet, teléfono) tenés 10 días corridos desde que la recibís para arrepentirte, sin dar ninguna razón y sin costo. Es un derecho que la empresa no te puede negar ni hacerte renunciar de antemano.

¿Hasta cuándo puedo hacer la denuncia?

Tenés hasta tres (3) años desde el hecho para denunciarlo — es el plazo de prescripción que fija el Art. 50 de la Ley 24.240. Ese plazo se corta (empieza a contar de nuevo) si la empresa comete una nueva infracción o si ya se inició una actuación administrativa por el mismo caso. En la práctica, mientras antes reclames, más fácil es reunir la prueba (facturas, capturas, mails) — no conviene esperar al límite.

¿Dónde hago el reclamo?

Ir a la Ventanilla Federal Única de Defensa del Consumidor

Practicá gratis

Poné a prueba lo que acabás de leer

6 preguntas de opción múltiple sobre lo que acabás de leer. Sin registro, corrige al toque.

1 Compraste un producto por Internet y te arrepentiste a los 5 días de haberlo recibido. ¿Podés devolverlo?

2 En una compra a distancia, el contrato se celebra el 1° de marzo pero el producto recién te lo entregan el 10 de marzo. ¿Desde qué fecha se cuentan los 10 días corridos para poder arrepentirte?

3 Un contrato de venta a distancia incluye una cláusula que dice "esta compra no admite devoluciones ni arrepentimiento bajo ningún concepto". ¿Es válida esa cláusula?

4 Ejerciste tu derecho de arrepentimiento en una compra a distancia dentro del plazo legal. ¿Quién debe hacerse cargo de los gastos de devolución del producto?

5 ¿Qué obligación tiene el vendedor respecto de informar al consumidor sobre su derecho a revocar la aceptación en una venta domiciliaria o a distancia?

6 ¿En qué plazo prescriben las sanciones previstas en la Ley de Defensa del Consumidor?

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